a) Sensibilizar a la sociedad frente a la diabetes y fomentar buenos hábitos para una vida saludable.
b) Concienciar a las administraciones locales, provinciales, autonómicas y nacionales de la importancia de sus ayudas para la supervivencia de la asociación, así como de la mejora de la calidad de vida de las personas con diabetes, mediante el establecimiento de medidas facilitadoras en los centros de trabajo y centros educativos.
c) Identificar eventos que promuevan la sensibilización y prevención de la diabetes.
d) Adoptar la educación diabetológica como objetivo clave del buen control de la diabetes.
e) Interactuar con el colectivo de profesionales sanitarios implicados en la diabetes para que proporcionen ayuda a los socios.
f) Establecer que el radio de acción de la asociación, fundamentalmente, será en la capital de Málaga y zonas de la provincia en las que no existan asociaciones de personas con diabetes, aunque se considera que tiene un ámbito regional de actuación, abarcando, para ello, la Comunidad Autónoma de Andalucía.
g) Establecer relaciones con otras asociaciones implicadas en la diabetes, tanto de ámbito local, provincial, nacional o internacional.
h) Colaborar con el ámbito educativo en aquellos asuntos que le sean requeridos, o bien que la Asociación solicite.
i) Colaborar con el ámbito sanitario en aquellos asuntos que le sean requeridos, o bien que la Asociación solicite.
j) Promover el estudio de la diabetes en el terreno de la investigación experimental, clínica y su tratamiento.
a) Educación diabetológica on-line.
b) Gestión de la diabetes:
i. Campamentos estáticos,
ii. Campamentos dinámicos,
iii. Inteligencia emocional y gestión de emociones
c) Protección paciente frágil.
d) Creación becas Sueño Dulce.
e) Investigación sobre diabetes.
CÓDIGO ÉTICO
Declaración
La Junta Directiva de la Asociación para el Tratamiento y Mejora de la Diabetes Sueño Dulce, en uso de las facultades y autonomía que nos confiere nuestra singular personalidad jurídica, deseamos manifestar:
Las asociaciones y fundaciones constituyen cada vez más un factor de acción, impulso y vertebración de nuestra sociedad civil en respuesta a las necesidades sociales de todos los ámbitos, entre otros, y con carácter enunciativo, los siguientes: innovación y tecnología, colegios profesionales, cultural, universitario, medioambiental, sanitario, social, asistencial, turístico, público, agroalimentario, de educación, y un largo etcétera.
La actuación de un grupo tan heterogéneo está guiada por un propósito común, la satisfacción de las necesidades de los beneficiarios conforme a sus fines, ya sean éstas individuales o colectivas.
Las asociaciones y fundaciones somos conscientes de la importancia que reviste el hecho de que nuestra actuación venga guiada por una serie de valores y principios que sirvan de base en la consecución de los nuestros fines.
La Asociación para el Tratamiento y Mejora de la Diabetes Sueño Dulce constituye el foro de reflexión adecuado para llevar a cabo la aprobación del presente Código Ético, en el que se establecen los valores y principios que entendemos deben regirnos, siendo expresión de su identidad ética a la vez que informadores de su actuación, en el convencimiento de que el cumplimiento del mismo redundará en nuestro buen funcionamiento y en la mejor consecución de los fines.
En virtud de todo lo anterior, la Junta Directiva de la Asociación para el Tratamiento y Mejora de la Diabetes Sueño Dulce reunida en la ciudad de Málaga, el día 18 de febrero de 2021, decide aprobar el siguiente documento.
Código ético
Primero.- Son principios generales de actuación para las asociaciones y fundaciones: EFICACIA y EFICIENCIA: Es deber de todas estas entidades actuar con eficacia para la mejor consecución de sus fines, y con eficiencia para la mejor aplicación posible de sus recursos.
PROFESIONALIDAD: Dotando a toda la organización de la formación necesaria y de un alto nivel de autoexigencia en todas sus actuaciones.
CALIDAD: Principio que debe presidir la prestación de todos los servicios que la asociación deba llevar a cabo en el desarrollo de los fines para los que fue creada.
TRANSPARENCIA: Es deber de toda asociación ser transparente para sus usuarios y beneficiarios, y para la sociedad en general, tanto en los resultados obtenidos, como en los medios utilizados para ello.
CONCIENCIA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL: Toda asociación tiene que pretender influir en la realidad y su acción debe repercutir en la mejora de la sociedad.
COHERENCIA: Toda asociación debe proceder conforme a sus principios y de acuerdo a los fines fundacionales expresados en sus estatutos.
SOSTENIBILIDAD: Todas las asociaciones deben actuar con observancia de las normas sobre desarrollo sostenible, contribuyendo así a la mejora y mantenimiento del medio ambiente.
Segundo.- Las asociaciones y fundaciones fundaciones han de ser conscientes del contexto social en el que se desenvuelven y estar encaminadas a satisfacer las necesidades que la sociedad demanda.
Tercero.- Las asociaciones y fundaciones han de imprimir a todas sus actuaciones el carácter desinteresado y sin ánimo de lucro que acompañó la voluntad de su fundador en el momento de su constitución.
Cuarto.- Constituyen objetivos generales de las asociaciones y fundaciones los siguientes: Detectar las necesidades de sus beneficiarios y dar cobertura a las mismas, adelantándose a otras que se puedan generar. Ser cauces de expresión de la voluntad de su fundador, manteniendo su espíritu altruista. Ser responsables en el cumplimiento de sus fines, así como de sus actuaciones, siendo conscientes de que su finalidad es de interés general y de utilidad pública. Difundir en la sociedad sus valores, constituyendo ejemplos de generosidad y conciencia social.
Quinto.- Las asociaciones y fundaciones deben realizar una política de personal transparente y acorde a la legislación vigente, asegurando la correcta formación del personal a su servicio y de que su perfil sea el adecuado para cumplir con el principio general de calidad en la ejecución de sus actuaciones, y, en su caso, en la prestación de los servicios a sus beneficiarios.
Asimismo, deben velar porque los trabajadores y voluntarios que con ellas colaboren se identifiquen con los fines y actividades de la asociación.
Sexto.- Las asociaciones y fundaciones deben procurar conocer la procedencia de las donaciones recibidas. No se aceptarán fondos procedentes de actividades ilícitas contrarias a los derechos humanos reconocidos por los tratados internacionales, o a los valores fundacionales fijados en el presente Código Ético. Tampoco se aceptarán donaciones o ayudas condicionadas cuando éstas vulneren algún objetivo o valor fundamental o pongan en entredicho la necesaria autonomía de la asociación.
Séptimo.- Las asociaciones y fundaciones han de mantener una relación de cooperación con los organismos públicos, basada en los valores de la claridad, la coordinación y la complementariedad.
Octavo.- Las asociaciones y fundaciones deben crear y potenciar espacios de coordinación y encuentro que sean instancias mediadoras de reflexión, interlocución y negociación entre ellas, potenciando redes de organizaciones vinculadas a problemas comunes.
Noveno.- Las asociaciones y fundaciones fomentarán la colaboración de voluntarios en la consecución de sus fines, reconociéndoles los derechos contenidos en la Ley Andaluza del Voluntariado.
Décimo.- La gestión económica y patrimonial de la asociación ha de ser coherente con sus fines fundacionales y su condición de entidad sin fines lucrativos, debiendo estar presidida por los principios de productividad, transparencia y control interno y externo. En este sentido, la gestión de los recursos debe ser eficaz y eficiente y tendente a diversificar las fuentes de financiación de la fundación.
La Asociación para el Tratamiento y Mejora de la Diabetes Sueño Dulce se compromete a difundir este Código Ético entre todos sus miembros, y darlo a conocer a la sociedad en general, por los medios a su alcance.
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